Bloque IV
Participación y ciudadanía
democrática.
Aprendizajes esperados: Identifica
las características básicas de un Estado de derecho democrática. Analiza la importancia del funcionamiento de
la Constitución Política Mexicana.
Fecha
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Actividad
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Tarea
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07/04/2020
3 A y 3 B
08/04/2020
3 A Y 3 B
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Se
anexa documento sobre garantías y derechos humanos individuales copiar los
artículos correspondientes de la clasificación de garantías individuales en
tu cuaderno.
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Al referirnos a las garantías individuales es
necesario precisar que no se trata de derechos sustantivos, sino que más bien
se constituyen en el instrumento constitucional establecido por la propia Carta
Magna para salvaguarda de los citados derechos. En la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, existen dos vías para la tutela de los derechos
constitucionales denominadas garantías
individuales. Por un lado, la vía jurisdiccional, a través de un Juicio de
amparo ante un Juez de Distrito, Tribunal Colegiado o ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación del Poder Judicial de la Federación; y por el otro, la
vía no jurisdiccional, mediante una queja ante la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH) o ante alguna de las comisiones locales estatales.
Las garantías
individuales que se encuentran consagradas en los artículos constitucionales 14
(debido proceso) y 16 (fundamentación y motivación en todo acto de autoridad)
garantizan como su nombre lo indica, la aplicación de la ley en cuanto a los
procedimientos seguidos ante tribunales, con el objeto de proteger la
integridad física, la libertad y los bienes, siendo éstos, los derechos
fundamentales del gobernado.
DERECHO
CONSTITUCIONAL Y LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES.
El derecho político o constitucional es el conjunto
de normas relativas a la estructura fundamental del estado, a las funciones de
sus órganos y a las
relaciones de estos entre sí y con los particulares.
En el derecho constitucional de una nación podemos encontrar la historia misma
de su pueblo, su evolución cívica y social, su lucha por la independencia y por
la libertad. En nuestro país, la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos suele dividirse para su estudio en dogmática y orgánica. En este
apartado revisaremos únicamente el Capítulo Primero de la parte dogmática
referido a las garantías individuales y que compete a los derechos fundamentales
del gobernado.
Dentro de este capítulo podemos dividir a las
garantías individuales en cuatro grandes grupos:

Dentro del apartado de las garantías, existe un
artículo, el 29 que suspende dichas garantías individuales en ciertos casos ahí
señalados, además del 25, 26, y 28 que establecen la rectoría económica del
estado.
GARANTÍAS DE
IGUALDAD
Estas garantías tienen el objeto evitar los
privilegios injustificados y colocar a todos los gobernados en la misma
situación frente a la ley. La igualdad jurídica consiste en evitar las
distinciones que se hagan por raza, sexo, edad, religión, profesión, posición
económica, etc.
De forma general presentaremos la finalidad de cada
artículo.
Artículo
1º Goce para todo individuo de las garantías que otorga la
constitución.
Artículo 2º Prohibición de la
esclavitud.
Artículo 4º Igualdad de derechos sin
distinción de sexo.
Artículo 12º Prohibición de títulos
nobiliarios.
Artículo 13º Prohibición de fueros.
GARANTÍAS DE
LIBERTAD
Estas garantías
están consideradas en los artículos. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16, 24 y 28. Siendo
la libertad el derecho de elegir aquello que es bueno para una persona.
Artículo 5º Es la libertad de elegir cualquier profesión
que se desee, siempre y cuando sea licita, además de hablar de la justa
retribución del trabajo efectuado por alguien.
Artículo 6º Habla de la libertad de
expresión, excepto si se ataca la moral, derechos de terceros, provoque un
delito o altere el orden público.
Artículo 7º Libertad de escribir y publicar sobre
cualquier materia
Artículo
8º Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del
derecho de petición, siempre y cuando, sea por escrito y de manera pacifica Artículo
9º Libertad de asociación y reunión libre con objetivos lícitos, que no
sea reunión armada, sin producir amenazas.
Artículo 10º Derecho a poseer armas por seguridad y
defensa propia, a excepción de las prohibidas y las reservadas para el
ejército.
Artículo 11 Libertad de tránsito, de
entrar y salir del país, viajar por él y mudar de residencia cuanto se desee.
Artículo 16 La correspondencia
cubierta por estafetas estar libre de registro.
Artículo 24 Libertad de creencia
religiosa.
Artículo 25 Prohibición de
monopolios.
GARANTÍAS DE
PROPIEDAD
Esta clasificación aplica únicamente para el Artículo
27
La propiedad de las tierras y aguas nacionales
corresponde originalmente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de
transmitir el dominio de ella a los particulares constituyendo la propiedad
privada. La expropiación, solo se hará en utilidad pública y con indemnización.
GARANTÍAS DE
SEGURIDAD JURÍDICA
Estos son derechos y
principios de protección a favor del gobernado.
Artículo
14 Señala que a ninguna ley se
le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser
privado de la vida, libertad y de sus propiedades, a menos que se llegue a esto
por algún delito. Que la ley debe ser aplicada exactamente como es, y que las
sentencias deberán ser según la interpretación de la ley, si no la hubiera
seria por el derecho.
Artículo 15 No se puede extraditar reos políticos, ni
delincuentes de del orden común que hayan estado en él termino de esclavos en
otro país, ni la celebración de convenios en virtud de alterar sus garantías y
derechos establecidos.
Artículo 16 Prohíbe el que la autoridad quiera molestar a
alguien o irrumpir en su casa sin una orden judicial, la cual no podrá ser
expedida a menos que haya alguna denuncia. Las visitas domiciliarias están
permitidas pero sólo para revisar el cumplimiento de las normas.
Artículo 17 Nadie puede hacerse justicia por sí mismo, ni
ejercer violencia para reclamar sus derechos. Pero se tiene derecho a recibir
justicia, gratuitamente. Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter
civil.
Artículo 18 Solo habrá lugar a prisión preventiva por delito
que merezca pena corporal. Los gobiernos de la Federación y los estados
organizaran el sistema penal. La federación y los gobiernos de los estados
establecerán instituciones para menores infractores.
Artículo 19 Ninguna detención podrá sobrepasar los 3 días sin
haberse declarado una auto de formal prisión (se aclararan el delito, lugar,
tiempo, circunstancias y los datos de la averiguación).Todo proceso se seguirá
por el delito señalado, si hubiese otro, se tendría que repetir el proceso con
el otro delito.
Artículo 20 consagra 10 garantías de
seguridad de todo procesado:
• Libertad
bajo fianza
• Derecho
a no declarar en su contra
• Derecho
a conocer el delito del que lo acusan y quien le acusa Derecho a tener un careo con
los testigos que declaren en su contra.
• El
que se reciban los testigos y las pruebas que ofrezcan.
• Ser
juzgado en audiencia publica
• Que
le faciliten todos los datos que solicite para su defensa
• Ser
juzgado antes de 4 meses, si su condena no excede los 2 años de prisión y 6
meses si lo excede.
• Poder
defenderse solo o por un abogado suyo o de oficio.
• No
se podrá prolongar la prisión por ninguna cosa de dinero, y tampoco la prisión
preventiva por ninguna cosa. del
ministerio público (con la policía judicial). Si se trata de multas se tendrá
que tomar
Artículo 21 Solo la autoridad judicial podrá imponer penas. La
persecución de delitos es en cuenta el ingreso o sueldo que tenga el infractor.
Artículo
23. Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias, nadie
puede ser juzgado más de una vez por el mismo delito. Queda prohibida la
práctica de absolver la instancia.
Y el Artículo 29, que habla sobre la
suspensión de las garantías individuales, en caso extraordinario, en caso de
guerra o situaciones que atenten contra nuestra sociedad, tal suspensión será
en determinados lugares o todo el país por tiempo limitado.
Actividades y tareas 3er año A y B del 04 al 15 de mayo
Bloque 4.
Eje/ Tema. Participación y Ciudadanía Democrática
Aprendizajes esperados: Identifica mecanismos y procedimientos para dirigirse a la autoridad y los aplica en situaciones que afectan el interés personal y social.
FORMACIÓN CÍVICA Y
ÉTICA
Actividades y tareas
3er año A y B del 18 al 29 de mayo
Bloque 5.
Eje/ Tema. Hacia una ciudadanía
informada
Aprendizajes esperados: Promueve en los
medios y redes sociales el respeto y la valoración de la diversidad y los
derechos humanos.
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Fecha
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Actividad
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Tarea
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Porcentaje
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19/05/2020 3 A y 3 B
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Los medios de comunicación recursos de los adolescentes para aprender,
informarse y relacionarse con los demás.
*Impacto de los medios de comunicación en el desarrollo y construcción
de la identidad de los adolescentes.
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da tu opinión sobre los riesgos en internet
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2
puntos
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20/05/2020 3 A y 3 B
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y realiza una reseña sobre el artículo
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2
puntos
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21/05/2020 3 B
22/05/2020 3 A
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Escribe tu comentario sobre el video la tecnología afecta el
desarrollo del adolescente.
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2
puntos
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26/05/2020 3 A y 3 B
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La calidad informativa de cadenas y redes sociales.
Ir al link
realiza un breve resumen de las diapositivas que se muestran en el
power point .
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2
puntos
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27/05/2020 3 A y 3 B
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Da tu opinión sobre las cadenas en las redes sociales y sus
consecuencias.
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1 punto
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28/05/2020 3 B
29/05/2020 3 A
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Copiar o'imprimir y pegar la infografía sobre los bueno y lo malo de
las redes sociales.
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1 punto
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